martes, 29 de noviembre de 2022

6 consejos para cuidar tu vida en la carretera

 6 consejos para cuidar tu vida en la carretera.

ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA MOTOCICLISTAS



USO DE ELEMENTOS SUPERIORES DE PROTECCIÓN PARA MOTOCICLISTAS


USO DE ELEMENTOS INFERIORES DE PROTECCIÓN PARA MOTOCICLISTAS










NO TOMES MIENTRAS MANEJES



martes, 22 de noviembre de 2022

CAPACITACIÓN SOBRE CÓMO DAR LA NOTICIA SOBRE UNA VÍCTIMA DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO

 

martes, 15 de noviembre de 2022

LOS MEDIOS IMPUGNATORIOS EN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL. DOCENTE: JEFFERSON MORENO NIEVES.

 


jueves, 10 de noviembre de 2022

Serán multados y/o encarcelados aquellos que no den informaciones en el censo

 

La Ley 5096 Sobre Estadísticas y Censos Nacionales.

A proposito del X Censo Nacional de Población y Vivienda, a celebrarse del 10 al 23 de noviembre de este año 2022.

El número 24 indica que el Poder Ejecutivo deberá disponer que “todas las personas permanezcan en sus casas durante esos días, durante las horas señaladas, salvo el caso de una fuerza mayor debidamente justificada”.

Por otro lado, la ley también deja establecido que todos los “habitantes” de República Dominicana están obligados a suministrar los encargados de la ejecución del censo todos los datos que estos le soliciten.

El artículo 26 de la ley 5096 establece que: “Los días señalados por el Poder Ejecutivo, para la realización del Censo de Población serán no laborables excepto para los trabajos inherentes a la ejecución de dicho censo”.

Pero el Ministerio de Trabajo aclaró que los días comprendidos del 10 al 23 de noviembre próximos, durante los cuales se llevará a cabo el X Censo Nacional de Población y Vivienda, son laborales. A través de un comunicado la institución refiere a la disposición mediante el Decreto 420-22, dictado por el señor presidente de la República Luis Abinader, en el cual se establece que las actividades públicas y privadas continuarán normales durante los días del empadronamiento.

El artículo 28 de esta ley establece que toda persona física o moral que falte a esta ley o los reglamentos, serán castigados con multas de 10 a 100 pesos.

En el caso de personas que se resistan o se negaran a permitir el trabajo de los auditores, el artículo 29 indica que estos serán castigados con multas de 25 a 200 pesos “sin perjuicio de cualesquiera otras sanciones que le fueran aplicables”.

Mientras que el artículo 30 dice que serán castigados con prisión de seis días a tres meses, o una multa de 10 a 200 pesos, o ambas penas a la vez, las personas que se nieguen a suministrar los datos pedidos; no estén en sus casas los días del censo y otros detalles sobre el comportamiento de la población.



miércoles, 2 de noviembre de 2022

A la Cárcel por Insultar en Internet

 




Presidente Luis Abinader promulga el nuevo Código Penal.

 Presidente Luis Abinader promulga el nuevo Código Penal. - _Una ley que endurece las penas, persigue con rigor la criminalidad organizada y...