domingo, 31 de julio de 2022

5 CÁTEDRAS DE GESTIÓN ESTRATÉGICA​​

 5 CÁTEDRAS DE GESTIÓN ESTRATÉGICA​​



*​1ª cátedra:​*

Un cuervo está sentado en la cima de un árbol el día entero sin hacer Nada.
Un pequeño conejo ve al cuervo y le pregunta:

- ¿Puedo sentarme como Tú y no hacer nada todo el día?

El cuervo responde: - Claro, ¿por qué no?

El conejo se sienta en el suelo debajo del árbol y se relaja.

De pronto una zorra aparece y se come al conejo.

​Conclusión:​

Para estar sentado sin hacer Nada, Usted debe estar en la cima.​


*​2ª cátedra:​*

En África todas las mañanas el antílope despierta sabiendo que debe llegar a correr
más rápido que el león si quiere seguir Vivo.

Todas las mañanas el león despierta sabiendo que debe correr más que el antílope si no quiere
morir de hambre.

​Conclusión:​

No hace diferencia si Eres antílope o león; cuando el sol salga, tienes que empezar a
correr para sobrevivir.​


*​3ª cátedra:​*

Dos funcionarios y el gerente de una empresa salen a almorzar y, en la calle, encuentran una antigua  lámpara mágica.

Ellos frotan la lámpara y de dentro de ella sale un genio.

El genio les dice:

- Yo sólo puedo conceder tres deseos, así que daré uno a cada uno de ustedes

- ¡Yo primero, Yo primero!,
grita uno de los funcionarios

Yo quiero estar en las Bahamas dirigiendo un barco, sin tener ninguna preocupación en la vida...

¡Puff!, y se fue...

El otro funcionario se apresura a hacer su solicitud:

- ¡Yo quiero estar en Hawai, con el amor de mi vida y tomar interminables piñas coladas!

¡Puff!, y se fue...

Ahora Usted, dice el genio al gerente

- Yo quiero a esos dos tontos de vuelta a la oficina después del almuerzo para una reunión.

​Conclusión:​

Deja Siempre que tu jefe hable primero.​


*​4ª cátedra:​*

Un cura va conduciendo por una carretera cuando ve a una monja de pie en la orilla.
Él para el auto y ofrece llevarla, lo que la monja acepta. Ella entra en el coche y cruza las piernas
mostrando su belleza. El cura se descontrola y casi choca con otro auto. Después de lograr
controlar el coche y evitar un accidente, no se resiste y pone la mano en la pierna de la monja
La monja lo mira y dice:

- Padre, recuerde el salmo 129

El Padre se perturba:

- Disculpe, hermana, la carne es débil...
y saca la mano de la pierna de la monja

Llegando a su destino la monja agradece y, con una sonrisa enigmática, baja del auto y entra al convento.

Llegando a la iglesia, el cura corre hacia las Escrituras para leer el Salmo 129, que dice:
  "Adelante, persiste, más arriba encontrarás la Gloria del Paraíso"​

​Conclusión:​ ​

Si Usted no está bien informado sobre su trabajo, puede perder excelentes oportunidades.


*​5ª cátedra:​*

Un granjero resuelve juntar algunas frutas en su propiedad. Toma un cesto vacío y sigue rumbo a
los árboles frutales. En el camino, al pasar por una laguna, escucha voces femeninas y cree que probablemente algunas mujeres invadieron sus tierras.
Al acercarse lentamente, encuentra bellas chicas desnudas bañándose en la laguna. Cuando se dan cuenta de su presencia, nadan hasta la parte más profunda de la laguna y gritan:

- ¡Nosotras no vamos a salir de aquí mientras Usted no deje de espiarnos y se ¡vaya!

El granjero responde:

- Yo no vine aquí para espiarlas a ustedes yo sólo vine para ¡alimentar a los cocodrilos!

​Conclusión:​

La Creatividad es lo que hace la diferencia a la hora de alcanzar nuestros objetivos más rápido.​

​Por lo tanto:​

Antes de hablar, 
             Escucha...

Antes de escribir,
                 Piensa...

Antes de gastar,
                 Gana...

Antes de juzgar,
                 Espera...

Antes de renunciar,
                 Intenta...

   "​​En el Mundo siempre habrá personas que te van a Amar por lo que Eres, y otras que te van a odiar
    por la misma razón"​​

​Si haces un favor nunca lo recuerdes; si recibes uno, nunca lo olvides.






Te presento: El libro: “Medidas de coerción” Una guía para el inicio de los casos penales.

En los 9 capítulos encontraras:

¿Qué es Medida de Coerción?

Imposición de Medida de Coerción

¿Cuáles son las Medidas de Coerción?

Procedencia de la medida de coerción.

Peligro de fuga.

Acta y Resolución.

¿Qué son las revisiones de medida de coerción?

Los plazos de las medidas de coerción

Los derechos de las personas arrestadas.

Resoluciones a tener en cuenta en las medidas de coerción

Como pagar una garantía económica y que hacer para que sea devuelta.

 

Y como regalo adicional:

ü 1 Checklist/Listado de presupuestos para la medida, revisión y apelación de medida de coerción.

ü 1 video sobre los presupuestos para la medida y revisión de medida de coerción (donde te cuento cuales son estos, así como algunos ejemplos).

ü 1 video sobre las circunstancias que el juez toma en cuenta como peligro de fuga.

ü 1 Mapa/instructivo de medida de coerción.

ü 1 sopa de letra sobre medidas de coerción.

 

Con el que tú vas a aprender:

o   El procedimiento de la primera parte de los casos penales.

o   Comenzaras un caso penal de la mejor manera.

o   Conocerás conceptos importantes de los casos penales.

o   Obtendrás recomendaciones de lo que puedes hacer.

 

En Resumen, con el libro:

“Medida de coerción” Una guía para el inicio de los casos penales

vas a lograr:

·        Tú conocerás que y como es el inicio de un caso penal.

·         Lo que le puede pasar a una persona detenida.

·         Lo que tú puedes hacer si una persona es apresada.

·         Con quien tú hablar y donde te puedes dirigir.

·         Tú comprenderás los términos más comunes de los abogados.

·        Sabrás como ayudar a una persona que ha sido arrestada.


                   Puedes comprarlo en formato digital y físico en Amazon escaneando el código QR:




jueves, 28 de julio de 2022

El cobro de boletos de lotería vendidos después de sorteo según la Suprema corte de justicia

 

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) estableció el criterio de que no pueden ser beneficiadas las personas en un sorteo de lotería, mediante la compra de boletos que fueren emitidos posterior a la realización del sorteo, lo cual elimina el carácter “aleatorio” del mismo, conforme se deriva del artículo 1964 del Código Civil.  

La decisión fue adoptada en ocasión de un recurso de casación, generado a propósito de una demanda en cobro de pesos.

En la sentencia de la Primera Sala Penal de SCJnúmero SCJ-PS-22-1407 de fecha 29 de abril de 2022, se advierte que a partir del examen del dictamen impugnado objeto de control de casación, que los accionantes compraron los tickets de lotería después de culminado el sorteo. Sobre la base del razonamiento enunciado procedió a casar la decisión impugnada.   

Sostuvo que aunque los recurridos alegaban que si bien el artículo primero del reglamento núm. 04-2009, establece que las admisiones de jugadas cesarán quince minutos antes del inicio de la celebración del sorteo, el hecho de que la lotería permitiera las jugadas posteriores al sorteo es su descuido o negligencia por no tomar las previsiones de lugar para evitarlo, el artículo 1964 del Código Civil estatuye que "el contrato aleatorio (como son los juegos de azar) es un convenio recíproco, cuyos efectos de pérdidas y beneficios, ya sea por todas las partes o para una o muchas de ellas, depende de un suceso incierto".

En esencia La Corte de Casación retuvo como razonamiento “que las compras de los boletos en el caso que nos ocupa no podían considerarse como válidos por el momento en que fueron adquiridos, máxime cuando la alzada verificó que la compañía de juegos emitió un comunicado invitando a los clientes que compraron después del sorteo a pasar por la oficina para retornarles su dinero de la compra, por lo que, al juzgar la corte de apelación incurrió en los vicios denunciados”.   

miércoles, 27 de julio de 2022

Derechos humanos y constitución

 DERECHOS HUMANOS CONTENIDOS EN LA CONSTITUCIÓN Y EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES. CONSTITUYEN EL PARÁMETRO DE CONTROL DE REGULARIDAD CONSTITUCIONAL, PERO CUANDO EN LA CONSTITUCIÓN HAYA UNA RESTRICCIÓN EXPRESA AL EJERCICIO DE AQUÉLLOS, SE DEBE ESTAR A LO QUE ESTABLECE EL TEXTO CONSTITUCIONAL.

El primer párrafo del artículo 1o. constitucional reconoce un conjunto de derechos humanos cuyas fuentes son la Constitución y los tratados internacionales de los cuales el Estado Mexicano sea parte. De la interpretación literal, sistemática y originalista del contenido de las reformas constitucionales de seis y diez de junio de dos mil once, se desprende que las normas de derechos humanos, independientemente de su fuente, no se relacionan en términos jerárquicos, entendiendo que, derivado de la parte final del primer párrafo del citado artículo 1o., cuando en la Constitución haya una restricción expresa al ejercicio de los derechos humanos, se deberá estar a lo que indica la norma constitucional, ya que el principio que le brinda supremacía comporta el encumbramiento de la Constitución como norma fundamental del orden jurídico mexicano, lo que a su vez implica que el resto de las normas jurídicas deben ser acordes con la misma, tanto en un sentido formal como material, circunstancia que no ha cambiado; lo que sí ha evolucionado a raíz de las reformas constitucionales en comento es la configuración del conjunto de normas jurídicas respecto de las cuales puede predicarse dicha supremacía en el orden jurídico mexicano. Esta transformación se explica por la ampliación del catálogo de derechos humanos previsto dentro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual evidentemente puede calificarse como parte del conjunto normativo que goza de esta supremacía constitucional. En este sentido, los derechos humanos, en su conjunto, constituyen el parámetro de control de regularidad constitucional, conforme al cual debe analizarse la validez de las normas y actos que forman parte del orden jurídico mexicano.


Contradicción de tesis 293/2011. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito y el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 3 de septiembre de 2013. Mayoría de diez votos de los Ministros: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien se reservó su derecho a formular un voto concurrente; Margarita Beatriz Luna Ramos, quien se manifestó a favor de las consideraciones relacionadas con la prevalencia de la Constitución y se apartó del resto; José Fernando Franco González Salas, quien indicó que formularía un voto concurrente; Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien manifestó que haría un voto aclaratorio y concurrente para explicar el consenso al que se llegó y el sentido de su voto a pesar de que en los límites tuvo un criterio distinto; Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien se reservó el derecho de formular el voto concurrente; Luis María Aguilar Morales, con reservas respecto de las consideraciones y, en su caso, realizaría un voto concurrente; Sergio A. Valls Hernández, reservándose el derecho de hacer un voto concurrente; Olga Sánchez Cordero de García Villegas, reservándose su derecho a voto concurrente en relación con los límites; Alberto Pérez Dayán, quien se manifestó a favor del reconocimiento de la prevalencia constitucional y Juan N. Silva Meza, quien se reservó su derecho de formular voto concurrente para aclarar su posición de entendimiento constitucional del texto propuesto y, a reserva de ver el engrose, aclararía u opinaría sobre las supresiones que se pretenden hacer, sin variar su posición en el sentido; votó en contra: José Ramón Cossío Díaz. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Arturo Bárcena Zubieta.


Tesis y/o criterios contendientes:


Tesis XI.1o.A.T.47 K y XI.1o.A.T.45 K, de rubros, respectivamente: "CONTROL DE CONVENCIONALIDAD EN SEDE INTERNA. LOS TRIBUNALES MEXICANOS ESTÁN OBLIGADOS A EJERCERLO." y "TRATADOS INTERNACIONALES. CUANDO LOS CONFLICTOS SE SUSCITEN EN RELACIÓN CON DERECHOS HUMANOS, DEBEN UBICARSE A NIVEL DE LA CONSTITUCIÓN."; aprobadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, y publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, mayo de 2010, páginas 1932 y 2079, y tesis I.7o.C.46 K y I.7o.C.51 K, de rubros, respectivamente: "DERECHOS HUMANOS, LOS TRATADOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR MÉXICO SOBRE LOS. ES POSIBLE INVOCARLOS EN EL JUICIO DE AMPARO AL ANALIZAR LAS VIOLACIONES A LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES QUE IMPLIQUEN LA DE AQUÉLLOS." y "JURISPRUDENCIA INTERNACIONAL. SU UTILIDAD ORIENTADORA EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS."; aprobadas por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, y publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomos XXVIII, agosto de 2008, página 1083 y XXVIII, diciembre de 2008, página 1052.


El Tribunal Pleno, el dieciocho de marzo en curso, aprobó, con el número 20/2014 (10a.), la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a dieciocho de marzo de dos mil catorce.


Esta tesis se publicó el viernes 25 de abril de 2014 a las 09:32 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 28 de abril de 2014, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.

lunes, 25 de julio de 2022

La expropiación indirecta o de “facto” según el criterio de la Suprema Corte de Justicia

 

La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia estableció que para determinar si una actuación administrativa o legal restrictiva del derecho de propiedad constituye una expropiación indirecta o de “facto” con miras a fijar una indemnización en beneficio de la persona o personas afectadas, no es necesario encasillarla, tipificarla o clasificarla dentro de la categoría dogmática del derecho administrativo denominada “vía de hecho administrativa”.  

La decisión está contenida en la sentencia núm. SCJ-TS-22-0217 de fecha 31 de marzo de 2022.  

Se considera vía de hecho administrativa la actuación de la administración fuera de su rango de competencia o al margen del procedimiento legalmente establecido. 

La decisión establece que, si bien es cierto que, en muchas ocasiones de la historia jurídica del país, las medidas limitadoras del derecho de propiedad para la protección de medio ambiente han sido de índole administrativas, en la actualidad la ley es la que debe trazar el ámbito general de las intromisiones al derecho de propiedad, a la luz de lo que dispone el artículo 74 numeral 2 de la Constitución para la regulación o restricción de los derechos fundamentales.  

Asimismo, la sentencia explica que lo determinante no es distinguir si hubo una restricción de la propiedad que amerite indemnización, sino verificar si se ha transgredido el contenido esencial del derecho de propiedad, esto así porque en caso de afectación el o los propietarios deben ser indemnizados.   

“En ese sentido, no tiene importancia que la medida tomada tenga o no soporte jurídico representado por alguna actuación administrativa o legal, sino que lo trascendente aquí es que la misma, sin constituir propiamente una expropiación según el ordenamiento jurídico que regula dicho instituto, haya limitado el haz de facultades del propietario de un modo que el derecho a la propiedad ya no pueda ser reconocido como tal por la comunidad en donde la medida se haya implementado”, precisa la sentencia.  

En ese sentido, los magistrados de la Tercera Sala casaron la sentencia núm. 0030-02-2020-SSEN-00067 dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo y envía el asunto por ante la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo.  

viernes, 22 de julio de 2022

Los bancos no pueden descontar deudas pendientes de cuentas de nómina sin autorización

La Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) retuvo la postura jurisprudencial de que los bancos comerciales no pueden descontar del salario de los trabajadores deudas pendientes con entidades de intermediación financiera.

La sentencia, de acuerdo con el comunicado de la Suprema Corte de Justicia, indica que solo se puede descontar el salario con un convenio establecido por las partes en la forma que resulta del ordenamiento jurídico, por lo tanto, se requiere la autorización expresa, de lo contrario sería violatorio a la Constitución y al Convenio 95 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). 

La decisión se encuentra contenida en la sentencia núm. SCJ-PS-22-0717, de fecha 16 de marzo de 2022.

Los jueces establecieron, que, aunque el tarjetahabiente haya autorizado realizar descuento en ocasión de la firma del contrato de la tarjeta de crédito, tratándose de una autorización concertada en término genérico, mal podría incluir una cuenta destinada al pago de salario.  

“Ha sido juzgado por esta Suprema Corte de Justicia actuando como corte de casación criterio que se reafirma en esta decisión, que cuando no existe ninguna disposición legal, convenio colectivo o un laudo arbitral, conforme lo exige el mencionado Convenio 95 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre protección del salario, que autorice a las instituciones bancarias a realizar descuentos por falta de pago de las tarjetas de crédito de las cuentas de nómina correspondientes al pago del salario, la retención de fondos en tales condiciones constituye una falta generadora de responsabilidad civil”, indica la sentencia. 

En consonancia con la situación esbozada, la Primera Sala tuvo a bien desestimar el recurso según la sentencia civil núm. 1303-2018-SSEN-00803, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que confirmó la decisión de primer grado que ordena la devolución de RD$16,828 pesos dominicanos a la demandante, y condena a la entidad bancaria al pago de la suma de RD$250,000.00, más el pago de un interés mensual del 1%, desde la notificación de la sentencia hasta su total ejecución. 

La sentencia integra puede ser consultada en el siguiente enlace: https://bit.ly/3awJIg3 

 

jueves, 14 de julio de 2022

Suprema Corte de Justicia reconoce derechos laborales de servidora pública

 


Suprema Corte de Justicia reconoce derechos laborales de servidora pública.


La Suprema Corte de Justicia (SCJ) reconoció los derechos laborales y la indemnización de los servidores públicos contratados como temporales que hayan sobrepasado los seis meses ejerciendo sus funciones, situación que los equipara a empleados de estatuto simplificado en vista de la antigüedad en el servicio y el tipo de cargo desempeñado. 


La decisión de la Tercera Sala de esa alta corte está contenida en la sentencia núm. SCJ-TS-22-0320, de fecha 31 de marzo de 2022, en la cual se rechaza el recurso de casación de la Dirección General de Contrataciones Públicas contra la sentencia núm. 0030-1645-2021-SSEN-00150 dictada por la Sexta Sala Liquidadora del Tribunal Superior Administrativo que ordena el pago de quinientos veinte mil pesos dominicanos (RD$520,000.00) a una servidora pública por los ocho años laborados en esa institución; en virtud de lo establecido en el artículo 60 de la Ley núm. 41-08 de la Función Pública.


Ver la sentencia aquí

miércoles, 13 de julio de 2022

Medidas de coerción. Una guía para el inicio de los casos penales.

 Ya en circulación mi libro

Estás a punto de descubrir el SECRETO que utilizan algunos “familiares de las personas apresadas y abogados” para saber que esperar en un caso penal.

Te has preguntado...

¿Por qué hay muchas personas que saben qué hacer cuando una persona es arrestada y tú no?

Probablemente sea por alguna de estas 3 razones:

1. No saben con quien hablar

2. Desconocen donde tienen que ir

3. Ignoran lo que pasará

 

 

Estoy a punto de compartir contigo el paso a paso que mis colegas, yo misma y mis clientes utilizan para cuando una persona es apresada.

Si estás intentando en este momento saber que pasara con una persona que fue arrestada por un delito penal…

Estoy segura que voy hacer que dejes de perder tu tiempo, dinero y sueño desde HOY.





En los 9 capítulos y sus anexos encontraras:

¿Qué es Medida de Coerción?

Imposición de Medida de Coerción

¿Cuáles son las Medidas de Coerción?

Procedencia de la medida de coerción.

Peligro de fuga.

Acta y Resolución.

¿Qué son las revisiones de medida de coerción?

Los plazos de las medidas de coerción

Los derechos de las personas arrestadas.

Resoluciones a tener en cuenta en las medidas de coerción

Como pagar una garantía económica y que hacer para que sea devuelta.


Y como regalo adicional:

ü 1 Checklist de presupuestos para la medida y revisión de medida de coerción.

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1s1 sopa de letras sobre las medidas de coerción.

Por la compra de este libro estarás donando un 5% del mismo a la fundación alegría inocente.


Lo quiero comprar




martes, 12 de julio de 2022

Día 22 – Felicidad y Humanidad. Hoy Lanzamiento del libro medidas de coerción. "Guía para el inicio de los casos penales"

 "Estoy plenamente de acuerdo con la opinión del Dr. Chopra de que ‘si queremos cambiar el mundo, tenemos que empezar por cambiarnos a nosotros mismos.’" —Su Santidad el Dalai Lama

 Bienvenido al día 22, un día especial adicional del Reto de Meditación de 21 días™ del CentroChopra, Creando Abundancia

Hoy nos embarcaremos en un viaje para sanar al mundo. En el tiempo que compartimos hemos explorado el concepto de la abundancia en todas sus formas. En la meditación guiada de hoy, elevaremos nuestra conciencia para compartir esa rica abundancia con toda la humanidad. 

Gracias por tu sentido compromiso por crear la abundancia para ti mismo y para la comunidad mundial, y esperamos con entusiasmo tener muchas oportunidades de volvernos a conectar en el futuro. Entretanto, por favor continúa viviendo cada día partiendo de la conciencia de un corazón abierto, compartiendo tus dones y talentos únicos con el mundo. 

Gracias por tu compromiso sincero para crear abundancia para ti mismo y la comunidad global, esperamos con gran interés que se presenten muchas oportunidades para reconectarnos en el futuro. Mientras tanto, por favor continúa viviendo cada día desde la conciencia del corazón abierto, compartiendo tus dones y talentos únicos con el mundo.


Gracias por compartir junto a mi esta experiencia, a tu servicio siempre Yahairin Cruz Diaz!

Regalo de hoy:

Etapas de los casos penales

Presupuestos de medida de coerción


A partir de hoy se pone en circulación mi libro

 Este Libro tiene un precio de 9 dólares, pero por el lanzamiento he decidido hacer un descuento de $4.50 USD

 

Si... escuchaste bien, voy a descontar - 50% del precio original. Menos de lo que pagas al mes por netflix.

Este descuento está limitado a las primeras 100 personas que compren el libro. Aprovecha y cómpralo hoy mismo haciendo un solo pago de $ 4.50 USD
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·         Con quien tú hablar y donde te puedes dirigir.

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·        Sabrás como ayudar a una persona que ha sido arrestada.


Quiero aprender eso


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lunes, 11 de julio de 2022

Día 21 - Vivir abundantemente + libros de regalos

 “Si ser espiritual significa ser consciente de nuestra conexión con lafuente creativa del universo, tenemos el derecho de disfrutar de la abundancia en nuestra vida".   Dr. David Simón 

¡Felicitaciones por terminar el Reto de Meditación de 21 días™ del Centro Chopra, Creando Abundancia! En la meditación de hoy incorporaremos todo lo que hemos aprendido acerca de la abundancia y de nosotros mismos. Ahora tienes todas las herramientas necesarias para crear una mayor abundancia en tu vida. 

Tal y como lo expresa el reconocido metafísico Neville Goddard: "Descarta las apariencias, los condicionamientos, de hecho toda la evidencia de tus sentidos que nieguen el cumplimiento de tu deseo. Parte de la suposición de que ya eres lo que quieres ser, puesto que según esa suposición determinada, tú y tu ser infinito se fusionan en la unidad creativa, y con tu ser infinito todas las cosas son posibles". 

Momento de consciencia

 ¡Celébrate a ti mismo! 

Regocíjate en tu dedicación a la práctica de una meditación diaria, y felicítate por seguir adelante con tu intención de crear y circular más paz y abundancia en tu vida. Dedica un tiempo a agradecer profundamente toda la abundancia que te rodea y recuerda agradecer a las personas en tu vida que han contribuido a tu bienestar, incluido tú mismo.


FRASE CENTRAL

«Cada momento de cada día, yo vivo mi vida en abundantemente»

MANTRA SÁNSCRITO

SO HUM

RESPONDE LAS PREGUNTAS EN EL CUADERNO

  1. ¿Cómo ha cambiado tu vida desde que empezaste el Reto de meditación de 21 días del Centro Chopra, Creando abundancia?
  2. ¿Qué aprendiste que es lo más importante
  3. ¿Cómo defines hoy la abundancia?
  4. Utiliza este espacio para reflexionar aún más sobre tu experiencia de hoy.
Mañana habrá una sorpresa especial...







Regalo de hoy:

domingo, 10 de julio de 2022

Dia 20 Viviendo Lujosamente + libros de derecho de regalos

 Bienvenido al Reto de Meditación de 21 días «Creando abundancia» junto con Deepak Chopra Día 20 Vivir los Lujos.

“Cuando te levantes por la mañana piensa en el precioso privilegio que es sentirse vivo —respirar, pensar, disfrutar, amar”. Marco Aurelio

Hoy exploraremos el concepto de los lujos, agregar a tu vida algo que es más de lo que consideras una necesidad.

Cuando te crees merecedor de recibir todo lo bueno que el universo tiene para ofrecerte, tus necesidades se satisfacen y exceden con facilidad. Cuando aprendes a aceptar la gracia que se te concede, envías un mensaje al universo de que mereces sólo lo mejor y que estás preparado para recibirlo.

CITA

“Cuando te levantes por la mañana piensa en el precioso privilegio que es sentirse vivo —respirar, pensar, disfrutar, amar”.

Marco Aurelio

FRASE CENTRAL

«Hoy me regalaré a mi mismo momentos de lujo»

MANTRA SÁNSCRITO

Om Ritam Namah

MOMENTO CONSCIENTE

Dedica un tiempo a darte pequeños lujos. Dedica un tiempo a hacer algo para ti mismo que consideres un lujo —darte un baño de burbujas o dar una larga caminata, encontrarte con un buen amigo o amiga para tomar el té o perderte en una vieja película predilecta. Haz de esto un hábito. Mientras más aportes pequeños lujos a tu vida, más te reconocerás como un ser espiritual y digno, que merece amor y abundancia.

RESPONDE LAS PREGUNTAS EN EL CUADERNO

  1. ¿Cómo se presenta el lujo en tu vida?
  2. ¿Qué regalos lujosos te das a ti mismo?
  3. ¿De qué maneras puedes agregar un lujo a la vida de otros?
  4. Utiliza este espacio para reflexionar aún más sobre tu experiencia de hoy.















Regalo de hoy:

Presidente Luis Abinader promulga el nuevo Código Penal.

 Presidente Luis Abinader promulga el nuevo Código Penal. - _Una ley que endurece las penas, persigue con rigor la criminalidad organizada y...