La paternidad socialmente constituida puede prevalecer sobre la biológica, según la Suprema Corte de Justicia.
La SCJ respaldó el criterio de que la identidad de una persona no debe basarse únicamente en aspectos biológicos, como una prueba de ADN, sino que también deben considerarse otros factores sociológicos, culturales y sociales que influyen en la formación de la identidad de los miembros de una familia.
Este criterio jurisprudencial se encuentra en la sentencia núm. SCJ-PS-23-0501, emitida el 29 de marzo de 2023. La SCJ confirmó la sentencia de la Corte de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Nacional, al considerar que su evaluación de las leyes que protegen los intereses del niño fue correcta.
La motivación como eje de fundamentación de la sentencia enunciada, resalta el contenido esencia y normativo de los principios V y VI de la Ley núm. 136-03 que instituye el Código para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, en los que indica que el interés superior del menor es de obligatorio cumplimiento en todas las decisiones que les sean concernientes.
La corte de apelación aceptó la solicitud del matrimonio que había declarado al niño y tenía la posesión de estado.
La Segunda Sala de la SCJ argumentó que la paternidad socialmente constituida puede prevalecer sobre la biológica, especialmente cuando se ha ejercido de manera adecuada y en el mejor interés del niño, niña o adolescente, garantizando su formación integral según lo establecido en la Convención de los Derechos del Niño.
Se trata de una sentencia que se fundamenta en el contexto de los valores familiares como dimensión moral capaz de tener tanta eficacia como la que impone una moral pública, que persigue salvar a la familia de cualquier desacierto, que pudiere representar un patrón de conducta de alcance impropio de dimensiones que pudieren representar una afectación social de considerable alcance negativo. Se concibe en el desarrollo su contenido ver el derecho a partir de una visión de moralización, como instrumento que expresa nuestra realidad social que impulsa y apuesta por la trascendencia y relevancia de la familia que debe fomentar como eje y esencia de la existencia el desarrollo integral del ser humano como construcción de paradigma imperativo.
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