Yahairin Cruz

Temas de derecho penal y procesal penal

martes, 31 de octubre de 2023

Servio Tulio Castaño habla sobre la prisión preventiva.

 Servio Tulio Castaño habla sobre la prisión preventiva.


El vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), calificó como un acto de crueldad que se mantengan en prisión a personas mientras el Ministerio Público realiza la investigación del caso.

Servio Tulio Castaños, tras autodefinirse como garantista, dijo que “ningún Estado tiene derecho a que su sistema de justicia opere de esa naturaleza”.

En cuanto a la prisión preventiva que ha sido impuesta al ex ministro administrativo de la Presidencia José Ramón Peralta, consideró que “ese caso hay que analizarlo”.

Peralta lleva varios meses en prisión preventiva a pesar de tener arraigo, ser un empresario conocido y los jueces se han empecinado en su contra para dejarlo en prisión inclusive violentando su derecho de defensa, como fue el caso de la jueza Patricia Padilla que administrativamente dictó un auto.

Castaños Guzmán dijo que la prisión preventiva es una responsabilidad de los jueces tras asegurar que hay una mediatización de la justicia.

“Si un juez se deja intimidar que deje de ser juez, no tiene capacidad para ser juez. Un Estado no se puede manejar de esa forma, así no”, precisó el vicepresidente ejecutivo de la Finjus al ser entrevistado en la emisora Top Latina, de la emisora 101.7.

“El juez es el responsable de la prisión preventiva, no es el Ministerio Público el responsable de eso, por la naturaleza el Ministerio Público siempre va a solicitar prisión preventiva y los jueces son los que la conceden”, resaltó.

Castaños Guzmán manifestó que no está de acuerdo que para que se tenga que hacer una investigación haya que meter preso a una persona, y reiteró su desacuerdo “por más que me lo expliquen”.

Fuente: periódico el día 
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miércoles, 25 de octubre de 2023

La prisión preventiva y su popularidad

 Popularidad de la prisión preventiva


Para el expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, esta herramienta se ha convertido en “un abuso de los jueces en busca de popularidad”, impactando de manera negativa a todo el sistema judicial.

En entrevista exclusiva para el Periódico Hoy, Subero Isa expresó que basados en la presunción de inocencia, la cárcel es el último de los recursos a utilizar y se circunscribe a los casos que represente peligro real de fuga, pero que en el país se ha convertido en “la norma”, afectando la percepción que tiene la población sobre la justicia. “Ahora como nunca podemos ver realmente que hay un exceso en ese derecho que le otorga el Código Procesal Penal a los Jueces. Hay que tomar en cuenta que la función fundamental es evitar la fuga, ero aquí se ha convertido en la regla”, sostiene.

Denuncia que, en términos particulares, la prisión preventiva se ha constituido además en una “condena anticipada”, que lacera la imagen de los imputados. “Estoy convencido que hay un excesivo abuso de la privación de libertad, porque esa persona es inocente hasta que se destruya su presunción de inocencia”, sentenció.

A juicio del extitular de la Suprema Corte de Justicia, si se aplicara de manera correcta el Código Penal en el país no existiera una sobrepoblación carcelaria como la que hay en la actualidad.

A este criterio se suma el defensor del Pueblo Pablo Ulloa, quien cree que la prisión preventiva se usa de forma desmedida. “Prácticamente, el 60% de los presos son con esta característica, por lo tanto, tiene que ser revisada por todos los actores del sistema, no solamente el Poder Judicial, sino el Ministerio Público y los demás”, señala.

Ulloa dijo que “hay una serie de características por las cuales una gran mayoría no debería estar bajo esa medida”, tal como la parte psicológica y las llamadas enfermedades de alto costo como el cáncer, que entiende, “deben caer en una categoría diferenciadora”.


Los reclusos preventivos rondan casi el 70% de los internos. Es decir, de cada 10 privados de libertad, solo 3 tienen condenas establecidas, mientras los otros 7 llevan procesos abiertos sin sentencias, muchos incluso con plazos ya vencidos.


Fuente:Periódico Hoy

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miércoles, 18 de octubre de 2023

Prisión preventiva vulnera los Derechos Humanos

 Prisión preventiva vulnera los Derechos Humanos

Con una sobrepoblación carcelaria que en algunos centros supera el 360%, como es el caso de lapenitenciaría de La Victoria y con más de 25,700 reos en general, el sistema penitenciario dominicano colapsa poco a poco, alentado en gran medida por el “excesivo uso de prisión” como medida cautelar, a entender de los expertos.

La realidad empeora para los miles de reos hacinados que para el 2021, representaba el 62% de los 27.506 presos para la época, en los centros del antiguo modelo penitenciario.

Un informe publicado por la Defensoría Pública este año, resalta que para el 2022, 62 de cada 100 privados de libertad dormían en el piso o hamacas improvisadas y con altos niveles de insalubridad, además de una marcada falta de acceso a servicios de salud. Por ello, representantes de los Derechos Humanos como el abogado Francis Ciprián coinciden en que los jueces de las oficinas de atención permanente “violentan a diario” el Código Penal Dominicano y la propia Constitución, indicando que la libertad es “la regla” y la prisión “la excepción”.

Sin embargo, reconoce que “si se resuelve el problema, se rompe la cadena de corrupción”, que inicia con el proceso cautelar y alcanza hasta a los mismos agentes encargados de custodiar los centros.

Alberto Díaz, presidente de la Organización Internacional de Derechos Humanos (OIDH), denuncia que una gran cantidad de reclusos tienen enfermedades terminales, lo que también presiona el sistema carcelario y empeora la realidad de los internos.

Fuente:Periódico hoy

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martes, 10 de octubre de 2023

Sentencia amplía criterio jurisprudencial en extradiciones

Sentencia amplía criterio jurisprudencial en extradiciones


La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, declaro con lugar la extradición a los Estados Unidos de América del nacional dominicano José Peralta Méndez, vinculado a un caso de drogas, solicitud realizada por del Ministerio Público y la representante de los Estados Unidos de América.

La entrega fue diferida para que cumpla en territorio dominicano la Sentencia Núm. 1418-2021-SSEN-00122, dictada por la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, en fecha 15 de julio de 2021, mediante la cual fue condenado a 8 años de prisión por violación de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias controladas.


El Ministerio Público destacó en un comunicado que es la primera vez que se logra una sentencia de esta naturaleza en el país.

La decisión fue adoptada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia mediante la sentencia No. SCJ-SS-23 0788, de fecha 30 de julio de 2023, teniendo como fundamento jurídico el artículo 12 del Tratado Bilateral de Extradición entre la República Dominicana y los Estados Unidos de América.


El criterio que había sostenido dicha alta corte era sobreseer el conocimiento de la solicitud de extradición, hasta que se culminara el proceso seguido en el país contra la persona requerida o hasta el cumplimiento de una sentencia condenatoria, por tanto, no conocía de la solicitud de extradición hasta que se cumplieran esas condiciones.


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lunes, 2 de octubre de 2023

Juicio

 


Juicio de fondo

La audiencia de fondo es una etapa del proceso penal en la República Dominicana que tiene como objetivo examinar las pruebas presentadas por las partes y dictar una sentencia sobre la culpabilidad o inocencia del imputado. La audiencia de fondo se realiza después de la audiencia preliminar, donde el juez decide si hay suficientes elementos para enviar el caso a juicio.

 

La audiencia de fondo se rige por los principios de oralidad, contradicción, inmediación, publicidad y concentración. Esto significa que la audiencia se desarrolla de forma verbal, que las partes pueden cuestionar las pruebas de la contraparte, que el juez debe estar presente en todo momento, que la audiencia es abierta al público y que se debe evitar cualquier interrupción o dilación.

 

La audiencia de fondo se divide en cuatro fases: apertura, presentación de pruebas, alegatos finales y deliberación. En la fase de apertura, el juez verifica la identidad del imputado y las partes, y les informa sobre sus derechos y deberes. En la fase de presentación de pruebas, el ministerio público y la parte querellante exponen sus pruebas contra el imputado, y este puede presentar sus pruebas de descargo. El juez puede admitir o rechazar las pruebas según su pertinencia y legalidad. En la fase de alegatos finales, las partes exponen sus conclusiones sobre el caso y solicitan al juez la aplicación de una pena o la absolución del imputado. En la fase de deliberación, el juez se retira a una sala privada para analizar las pruebas y los alegatos, y redactar la sentencia.

 

La sentencia debe contener los fundamentos fácticos y jurídicos que sustentan la decisión del juez, así como la pena impuesta o la absolución otorgada al imputado. La sentencia debe ser leída en audiencia pública y notificada a las partes. La sentencia puede ser recurrida ante un tribunal superior por cualquiera de las partes que se sienta perjudicada por la misma.

La audiencia de fondo es una etapa del proceso penal en la República Dominicana que se realiza después de la audiencia preliminar. En esta audiencia, el juez o el tribunal de juicio examina las pruebas presentadas por las partes y decide si el acusado es culpable o inocente de los hechos imputados. La audiencia de fondo puede durar varios días o semanas, dependiendo de la complejidad del caso y del número de testigos y peritos que intervengan. La audiencia de fondo se rige por los principios de oralidad, publicidad, contradicción e inmediación, lo que significa que las declaraciones y los alegatos se hacen de forma verbal y directa ante el juez o el tribunal, que la audiencia es abierta al público, que las partes pueden cuestionar y refutar las pruebas de la contraparte y que el juez o el tribunal debe estar presente en todo momento. La audiencia de fondo concluye con la sentencia, que puede ser absolutoria o condenatoria, y que debe ser motivada y notificada a las partes.

 

 

 

Si necesitas un abogado que te represente en un juicio penal, no busques más. La abogada Yahairin Cruz Diaz es la mejor opción para defender tus derechos y lograr el mejor resultado posible. ¿Por qué? Te lo explicamos a continuación:

 

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- Ha participado en más de 50 juicios por año, lo que le ha dado una gran habilidad para argumentar, persuadir y negociar ante los jueces y fiscales.

- Ha impartido cursos y clases sobre estrategias de litigación en el juicio, lo que demuestra su reconocimiento y prestigio en el ámbito académico y profesional. Además, esto le permite estar siempre actualizada y a la vanguardia de las mejores prácticas y técnicas para defender a sus clientes. Ha impartido cursos y clases sobre estrategias de litigación en el juicio, lo que demuestra su reconocimiento y prestigio en el ámbito académico y profesional. Además, esto le permite estar siempre actualizada y a la vanguardia de las mejores prácticas y técnicas para defender a sus clientes.

 

Como puedes ver, la abogada Yahairin Cruz Diaz tiene todo lo que necesitas para que te sientas seguro y respaldado en tu juicio penal. No lo dudes más y contacta con ella hoy mismo. Te ofrecerá una atención personalizada, profesional y de calidad. No te arrepentirás.






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