jueves, 6 de junio de 2024

Ley No. 155-17 sobre Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo en la República Dominicana y Ley No. 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas en la República Dominicana


Con esto finalizamos el curso de derecho penal especial.


 La Ley No. 155-17 sobre Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo en la República Dominicana es una normativa crucial para prevenir, detectar y sancionar los delitos relacionados con el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. A continuación, te proporciono una descripción general:

  1. Objetivo y contexto:

    • La ley se promulgó para cumplir con las convenciones internacionales que buscan homogeneizar las regulaciones en la prevención y sanción de delitos transnacionales.
    • La República Dominicana es signataria de convenciones como la Convención de Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes, la Convención contra el Terrorismo y otras.
  2. Tipificación de conductas:

    • La ley establece los actos que tipifican el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
    • Define las infracciones precedentes o determinantes que pueden dar lugar al lavado de activos.
  3. Sanciones penales:

    • Las penas por lavado de activos varían según la gravedad del caso y pueden incluir prisión y multas.
    • Para el financiamiento del terrorismo, también se aplican sanciones severas, incluyendo penas de prisión significativas.
  4. Cooperación internacional:

    • La ley establece mecanismos para la cooperación y asistencia judicial internacional.
    • Permite el uso de técnicas especiales de investigación, como el informante y la entrega vigilada.

En resumen, la Ley No. 155-17 es fundamental para proteger la integridad del sistema financiero y prevenir actividades criminales transnacionales.

A continuación, presento dos casos en forma de ejemplos:

  1. Lavado de activos por intermediación financiera ilegal:

    • Conducta: Juan, un empresario, recibe grandes sumas de dinero en efectivo de actividades ilícitas, como el tráfico de drogas. Para ocultar el origen ilícito de esos fondos, utiliza una red de intermediarios financieros no regulados para transferir el dinero a cuentas bancarias en el extranjero.
    • Tipicidad: La conducta de Juan se ajusta al artículo 3 de la Ley No. 155-17, que tipifica el lavado de activos.
    • Antijuricidad: El lavado de activos es contrario a la ley y socava la integridad del sistema financiero.
    • Culpa: Juan actúa con dolo al ocultar la procedencia ilícita de los fondos.
  2. Financiamiento del terrorismo mediante donaciones falsas:

    • Conducta: María, una ciudadana, simula donaciones caritativas a organizaciones benéficas en el extranjero. En realidad, esos fondos se destinan a financiar actividades terroristas.
    • Tipicidad: La conducta de María se encuadra en el artículo 3 de la misma ley, que también aborda el financiamiento del terrorismo.
    • Antijuricidad: El uso de donaciones falsas para financiar actividades terroristas es contrario a la ley y representa una amenaza para la seguridad nacional.
    • Culpa: María actúa con dolo al canalizar fondos hacia actividades terroristas.

Recuerda que estos ejemplos son ficticios y se proporcionan con fines ilustrativos. 

Las penas para los delitos relacionados con lavado de activos y financiamiento del terrorismo en la República Dominicana varían según la gravedad y las circunstancias específicas de cada caso. A continuación, te proporciono una descripción general de las posibles sanciones:

  1. Lavado de activos:

    • Las penas por lavado de activos pueden incluir prisión y multas.
    • En casos graves, la pena de prisión puede ser de 10 a 20 años.
    • Además, se pueden imponer multas significativas, que varían según el monto de los activos lavados.
  2. Financiamiento del terrorismo:

    • Las penas por financiamiento del terrorismo también pueden ser severas.
    • La ley contempla penas de prisión de 15 a 20 años para quienes financien actividades terroristas.
    • Además, se pueden aplicar multas considerables.

Es importante destacar que cada caso es único, y los tribunales evalúan las pruebas y las circunstancias específicas antes de determinar las penas exactas.


La Ley No. 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas en la República Dominicana es una normativa fundamental para prevenir, reprimir y controlar el tráfico, consumo y abuso de drogas peligrosas. A continuación, te proporciono una descripción más detallada:

  1. Objetivo y contexto:

    • La ley tiene como objetivo regular la importación, fabricación, venta, distribución y uso de drogas narcóticas y sustancias controladas.
    • Busca proteger la salud pública, prevenir el tráfico ilícito y rehabilitar a los usuarios de estas sustancias.
  2. Tipificación de conductas:

    • La ley prohíbe la posesión, distribución, tráfico y promoción al consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
    • Clasifica y codifica los productos químicos básicos utilizados en el negocio internacional de drogas.
  3. Sanciones penales:

    • Las penas varían según la gravedad del delito y el tipo de sustancia.
    • Por ejemplo, el tráfico de drogas puede conllevar penas de prisión de tres a seis años, y las multas pueden ser significativas.
  4. Rehabilitación y prevención:

    • La ley reconoce la necesidad de centros controlados por el gobierno para la desintoxicación y rehabilitación de adictos.
    • También promueve la coordinación de recursos para implementar estrategias nacionales contra el consumo y tráfico de drogas.
  5. Enfoque internacional:

    • Dado que la República Dominicana es utilizada como puente internacional en el tráfico de drogas, la ley busca combatir este problema de manera efectiva.

En resumen, la Ley No. 50-88 es crucial para proteger la sociedad, prevenir el abuso de drogas y garantizar la seguridad pública. 

dos ejemplos ficticios que ilustren diferentes tipos de delitos relacionados con esta ley:

  1. Tráfico de drogas:

    • Conducta: Pedro, un individuo, transporta un cargamento de cocaína oculta en compartimentos secretos de su vehículo desde la frontera hacia el interior del país.
    • Tipicidad: El artículo 6 de la Ley No. 50-88 prohíbe el tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas.
    • Antijuricidad: El transporte y distribución de drogas son contrarios a la ley y representan un peligro para la salud pública.
    • Culpa: Pedro actúa con dolo al traficar drogas conscientemente.
  2. Posesión de drogas para la venta:

    • Conducta: Ana, una vendedora ambulante, lleva consigo varias bolsas de marihuana con la intención de venderlas a consumidores en una plaza pública.
    • Tipicidad: El artículo 7 de la misma ley prohíbe la posesión de drogas con fines de venta.
    • Antijuricidad: La posesión y venta de drogas sin autorización son contrarias a la ley y amenazan la seguridad de la sociedad.
    • Culpa: Ana actúa con dolo al llevar las drogas con la intención de venderlas.

Recuerda que estos ejemplos son ficticios y se proporcionan con fines ilustrativos. 

Las penas para los delitos relacionados con drogas y sustancias controladas en la República Dominicana varían según la gravedad del delito y el tipo de sustancia. A continuación, te proporciono información relevante:

  1. Tráfico de drogas:

    • El artículo 6 de la Ley No. 50-88 establece que quien lleve a cabo actos de cultivo, elaboración, tráfico o promoción al consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o posea cualquiera de ellas con esos fines, será castigado con:

Con esto finalizamos el curso de derecho penal especial.

Para encontrar otros materiales los encuentras aquí.

Recuerda que puedes encontrar casos de estudio aquí.

Por favor evaluar a la docente aquí.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Presidente Luis Abinader promulga el nuevo Código Penal.

 Presidente Luis Abinader promulga el nuevo Código Penal. - _Una ley que endurece las penas, persigue con rigor la criminalidad organizada y...