SCJ establece los padres son civilmente responsables de hechos cometidos por sus hijos menores de edad cuando la culpa se atribuya a la falta de vigilancia.
La Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia estableció que los #padres son civilmente responsables de los hechos cometidos por sus hijos menores de edad, cuando se trate de una culpa in vigilando, o atribuible por la falta de estos en su deber de cuidado.
La citada Sala, mediante sentencia núm. SCJ-SS-22-0038, de fecha 31 de enero de 2022, rechazó el recurso de casación incoado por los padres de un adolescente y ratificó la decisión de la Corte de Apelación de #Niños, #Niñas y #Adolescentes de San Francisco de Macorís que impuso al menor un año de privación de libertad con pena suspendida en su totalidad y el pago de una indemnización de setecientos cincuenta mil pesos dominicanos (RD$750, 000.00).
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