martes, 22 de octubre de 2024

Los principios pro homine e in dubio pro servidor

 “Los principios pro homine e in dubio pro servidor”

Toda interpretación de normas debe ser realizada de la manera más favorable para optimizar su máxima efectividad al titular del derecho según el principio pro homine establecido en el numeral 4 del artículo 74 de la Constitución; que aplicado al ámbito de la función pública, en beneficio del servidor público (principio in dubio pro servidor), conlleva que por su naturaleza exegética en los casos de duda o conflicto de normas la protección de la prerrogativas del empleador se funde en razones de equidad y de protección social, tomando en consideración que el empleo público origina una relación jurídica desigual entre el Estado y sus funcionarios, que deriva de un acto mixto, conformado por una parte estatutaria preexistente y otra parte consistente en un acto administrativo unilateral.

En consecuencia, del citado principio de favorabilidad para el titular del derecho fundamental involucrado se deriva que corresponde a la administración pública que alegue sobre, por ejemplo, el salario del servidor público o el periodo de labores, la prueba de los hechos relevantes y pertinentes al efecto, todo de conformidad también con la parte final del artículo 1315 del Código Civil (de aplicación supletoria en esta materia). En efecto, corresponde al deudor que se pretenda libre de la obligación que se le reclama la prueba de los hechos que comprueben el haber honrado su compromiso. (SCJ-TS-24-0593, de fecha 31 del mes de mayo del 2024).

Romero Trujillo

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Presidente Luis Abinader promulga el nuevo Código Penal.

 Presidente Luis Abinader promulga el nuevo Código Penal. - _Una ley que endurece las penas, persigue con rigor la criminalidad organizada y...