¿Qué es y como se castiga la asociación de malhechores?
El código penal dominicano en sus artículos 265, 266 y 267 establece lo que es y el tipo de pena que conlleva el delito de la asociación de malhechores:
Art. 265.- Toda asociación formada, cualquiera que sea su
duración o el número de sus miembros, todo concierto establecido, con el objeto de preparar o de cometer crímenes
contra las personas o contra las propiedades, constituye un
crimen contra la paz pública.
Art. 266.- Se castigará con la pena de reclusión mayor,
a cualquier persona que se haya afiliado a una sociedad formada o que haya participado en un concierto establecido con
el objeto especificado en el artículo anterior.
Art. 267.- Se castigará con la pena de reclusión menor a cualquiera persona que haya favorecido a sabiendas y
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voluntariamente a los autores de los crímenes previstos en el
artículo 265, proveyéndolos de dinero, instrumentos para el
crimen, medios de correspondencia, alojamiento o lugar de
reunión.
Serán también aplicables al culpable de los hechos previstos
en el presente artículo, las disposiciones contenidas en el párrafo primero del artículo 266.
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